Nueva ITC-BT-23: la protección contra sobretensiones qué propone la nueva ITC-BT-23
El proyecto de reforma del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) contempla una importante modificación de la ITC-BT-23: generalizar la instalación de dispositivos de protección contra sobretensiones (DPS) en las instalaciones eléctricas.
La reforma todavía no está aprobada definitivamente, por lo que estos nuevos criterios no deben interpretarse como una obligación actualmente en vigor. Analizamos qué propone el proyecto y qué supondría para los instaladores si se aprueba en estos términos.
En resumen
- La reforma propuesta del REBT generaliza la incorporación de dispositivos de protección contra sobretensiones (DPS) en las instalaciones de enlace e interiores.
- La nueva ITC-BT-23 propuesta establece criterios de protección frente a sobretensiones transitorias y temporales.
- La protección deberá seleccionarse en función de las características de la instalación y del riesgo existente.
- El proyecto contempla diferentes tipos de DPS y su coordinación cuando sean necesarios varios niveles de protección.
- Importante: se trata de un proyecto normativo todavía no aprobado definitivamente. Hasta su publicación en el BOE continúa siendo aplicable el REBT vigente.
¿Qué es la ITC-BT-23 y qué propone cambiar?
La ITC-BT-23 vigente regula la protección de las instalaciones eléctricas interiores frente a sobretensiones transitorias, como las que pueden producirse por descargas atmosféricas, conmutaciones de red o determinados defectos.
El proyecto de reforma amplía y actualiza esta instrucción, incorporando nuevos criterios de protección y generalizando la utilización de dispositivos de protección contra sobretensiones (DPS) en las instalaciones de enlace e interiores.
Si la reforma se aprueba con la redacción propuesta, supondrá un cambio relevante respecto al criterio actual y obligará a los profesionales a adaptar el diseño y las protecciones de las nuevas instalaciones a los nuevos requisitos.
¿A quién instalaciones afecta?
El cambio no es solo para obra nueva:
- Nuevas instalaciones: deberán diseñarse de acuerdo con los requisitos de protección establecidos por la normativa que finalmente entre en vigor.
- Modificaciones y ampliaciones: el REBT también establece requisitos para las modificaciones, reparaciones y ampliaciones de instalaciones existentes. El alcance concreto de la adaptación dependerá de las características de cada actuación y de las condiciones de seguridad del conjunto de la instalación.
- Autoconsumo y nuevos usos eléctricos: el proyecto también actualiza criterios relacionados con las instalaciones generadoras y otros nuevos usos eléctricos. Los profesionales que trabajen en autoconsumo, movilidad eléctrica u otras instalaciones deberán comprobar qué requisitos de protección resultan aplicables en cada caso cuando entre en vigor la nueva regulación.
Los tres tipos de protección (SPD)
Los dispositivos de protección contra sobretensiones transitorias se clasifican en diferentes tipos en función de su capacidad y de las sobretensiones que deben soportar.
- DPS tipo 1: diseñados para soportar corrientes parciales de rayo y utilizados cuando las características de la instalación requieren este nivel de protección.
- DPS tipo 2: destinados a proteger la instalación frente a sobretensiones transitorias y utilizados habitualmente en cuadros eléctricos.
- DPS tipo 3: proporcionan una protección adicional próxima a determinados equipos sensibles.
Qué significa para el instalador
Si la reforma se aprueba en los términos actualmente propuestos, los instaladores deberán actualizar sus criterios de diseño y selección de protecciones frente a sobretensiones.
Será especialmente importante conocer cuándo debe instalarse cada tipo de DPS, cómo seleccionar sus características y cómo coordinar varios niveles de protección cuando sea necesario.
Los profesionales que trabajan con instalaciones eléctricas, autoconsumo y nuevos usos eléctricos deberán prestar especial atención a la evolución de esta reforma para aplicar correctamente los nuevos requisitos cuando entren en vigor.
Preguntas frecuentes
¿Ya está en vigor?
No. La modificación analizada forma parte de un proyecto de reforma del REBT y todavía no constituye la normativa vigente.
Hasta que la modificación sea aprobada y publicada oficialmente en el BOE, continúa siendo aplicable la regulación actualmente vigente. Además, habrá que atender a las disposiciones transitorias que establezca el texto definitivo para conocer exactamente desde cuándo y a qué instalaciones se aplicarán los nuevos requisitos.
¿Tengo que cambiar instalaciones existentes que funcionan?
No puede afirmarse de forma general. La aplicación a instalaciones existentes dependerá del alcance de las modificaciones, reparaciones o ampliaciones que se realicen y, cuando se apruebe la reforma, de las condiciones y disposiciones transitorias que establezca el texto definitivo.
Por tanto, una instalación existente no debe modificarse ahora simplemente por la existencia de este proyecto normativo.
¿Basta con un solo protector?
Depende de las características de la instalación. En determinados casos puede ser necesario coordinar diferentes tipos de DPS para conseguir una protección adecuada.
La selección, ubicación y coordinación de los dispositivos debe realizarse conforme a los requisitos técnicos aplicables a cada instalación.
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Fuentes oficiales
Ministerio de Industria y Turismo — Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias.
Documento oficial del proyecto normativo que incluye la propuesta de modificación de la ITC-BT-23.
Ministerio de Industria y Turismo — Memoria del Análisis de Impacto Normativo del proyecto de modificación del REBT.
Documento en el que el Ministerio explica los objetivos de la reforma, entre ellos la generalización de los dispositivos de protección contra sobretensiones.
BOE — Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Normativa actualmente vigente.
Ministerio de Industria y Turismo — Guía Técnica de Aplicación de la ITC-BT-23.
Guía oficial sobre protección de instalaciones interiores o receptoras frente a sobretensiones.
