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Cheque Formación de Madrid: hasta 3.000 € para pagar tu curso si tienes menos de 30 años y estás en paro

16 de octubre de 2026

Si tienes menos de 30 años, estás desempleado/a y estás empadronado/a en la Comunidad de Madrid, puedes solicitar una ayuda para realizar un curso que mejore tus oportunidades de empleo.

El Cheque Formación de la Comunidad de Madrid cubre hasta 1.500 euros del coste de un curso de pago, y hasta 3.000 euros si los ingresos de tu unidad de convivencia cumplen los límites establecidos. Desde el 15 de septiembre de 2026, las nuevas solicitudes que resulten aprobadas pueden beneficiarse de un anticipo del 30 % del importe de la ayuda.

Una oportunidad para formarte en el sector de las instalaciones, un sector que necesita profesionales cualificados en especialidades como electricidad, climatización, refrigeración y energías renovables, y que ofrece posibilidades de desarrollo profesional tanto ahora como de cara al futuro.

Te explicamos quién puede solicitar esta ayuda, cuánto cubre y cómo se tramita.

En resumen

  • Para quién: personas desempleadas menores de 30 años, empadronadas en un municipio de la Comunidad de Madrid e inscritas como demandantes de empleo.
  • Cuánto: hasta 1.500 € con carácter general y hasta 3.000 € si la renta del hogar no supera 3 veces el IPREM. Nunca más de lo que cuesta el curso.
  • Cuándo se cobra: un 30 % por adelantado al concederse, sin aval, y el 70 % restante al terminar y aprobar el curso.
  • Plazo: un mes desde la matrícula o reserva de plaza, y como tarde el 10 de diciembre de 2026.
  • Clave: el curso tiene que aparecer como adecuado en el informe del orientador de tu oficina de empleo.

¿Qué es el Cheque Formación de la Comunidad de Madrid?

Es una ayuda directa de la Comunidad de Madrid para que los jóvenes en paro puedan pagar una formación que mejore su empleabilidad, elegida tras un proceso de orientación profesional en la oficina de empleo. La ayuda la recibe la persona que estudia, no el centro: tú pagas el curso y la Comunidad te ingresa el importe concedido en tu cuenta bancaria.

En septiembre de 2026 la Comunidad modificó las normas para llegar a más gente: subió el límite de ingresos del hogar, duplicó la ayuda para las rentas más bajas e introdujo el pago anticipado. Los cambios están en vigor desde el 15 de septiembre de 2026.

¿Quién puede pedirlo?

Tienes que cumplir todos estos requisitos en el momento de matricularte o reservar plaza:

  • Estar empadronado en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid.
  • Tener menos de 30 años.
  • No haber recibido esta misma ayuda en el mismo año.
  • Que los ingresos de tu unidad de convivencia (las personas que viven contigo y comparten gastos) no superen 6 veces el IPREM, calculado en 14 pagas, con los datos del último ejercicio fiscal.

El orden importa: primero te inscribes como demandante de empleo y después te matriculas. Si te matriculas antes de estar inscrito, no cumples el requisito.

¿Cuánto dinero cubre?

La cuantía depende de los ingresos de tu hogar y del precio del curso:

Ingresos de la unidad de convivencia Ayuda máxima Si el curso cuesta menos
Hasta 3 veces el IPREM 3.000 € Se cubre el coste del curso
Entre 3 y 6 veces el IPREM 1.500 € Se cubre el coste del curso
Más de 6 veces el IPREM Sin ayuda —

La ayuda nunca supera el coste de la formación. Si el curso cuesta más que el máximo que te corresponde, la diferencia la pagas tú. Si recibes otra beca para el mismo curso, la suma de las dos tampoco puede pasar del precio del curso.

¿Cuándo se cobra?

En dos pagos, por transferencia:

  • 30 % al publicarse la concesión, sobre el importe máximo que te corresponda. No hace falta aval bancario ni seguro.
  • 70 % restante al terminar el curso y justificar que lo has superado. Para eso tienes un mes desde que acaba la formación: hay que presentar el diploma o certificado con resultado de apto y la factura y el justificante de pago del curso.

Si abandonas el curso, no asistes o no lo superas, sin una causa de fuerza mayor debidamente justificada, puedes perder el derecho a cobrar la ayuda y tener que devolver total o parcialmente las cantidades recibidas.
La normativa contempla un reintegro parcial del 50 % de las cantidades percibidas cuando no se supera toda la formación, pero se acredita haber superado favorablemente al menos el 50 % de esta.

¿Qué cursos entran?

Las normas no dan una lista cerrada de cursos. Lo que exigen es esto:

  • Una duración mínima de 10 horas. Las jornadas y los congresos no cuentan.
  • Que el curso sea de pago para ti. Si es formación ya financiada con fondos públicos, el orientador tiene que justificar por qué necesitas la ayuda.
  • Que el curso figure como idóneo en el informe del orientador de tu oficina de empleo, que valora si encaja con tu perfil y mejora tu empleabilidad.
  • Puede ser presencial, en línea o mixto, impartido por una entidad con experiencia reconocida en la materia.

La Dirección General de Formación puede denegar la ayuda si considera que el curso no es adecuado para tu perfil. Por eso la conversación con el orientador es el paso más importante: llega con el curso elegido y explica por qué te abre una salida laboral.

¿Por qué fijarse en el oficio de instalador?

Las empresas de instalaciones tienen dificultades para encontrar profesionales cualificados en electricidad, climatización, gas, frío o aerotermia, y la sustitución de calderas por bombas de calor y la recarga del vehículo eléctrico siguen sumando trabajo. Es un oficio en el que una formación técnica de unas semanas o meses puede marcar la diferencia para conseguir el primer empleo. Si estás pensando en entrar en el sector, el Cheque Formación puede ayudarte a pagar ese primer paso.

¿Cómo se pide, paso a paso?

  1. Inscríbete como demandante de empleo en tu oficina de empleo de la Comunidad de Madrid, si aún no lo estás.
  2. Elige el curso y habla con el orientador de tu oficina antes de formalizar la matrícula o reserva: necesitas su informe firmado (Anexo IV), que diga que esa formación es adecuada para ti.
  3. Matricúlate o reserva plaza. El justificante debe estar fechado y firmado por el centro, con el nombre del curso, el precio, las horas, la modalidad y las fechas de inicio y fin. Desde esa fecha empieza a contar el mes.
  4. Presenta la solicitud en el plazo de un mes, por internet en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid con tu Cuenta Digital (necesitas firma electrónica) o en persona si no estás obligado a la vía electrónica.
  5. Adjunta la documentación: informe del orientador, matrícula o reserva, declaración de ingresos y composición del hogar (Anexo II), certificado de titularidad de la cuenta bancaria y empadronamiento colectivo, salvo que autorices que la Comunidad lo consulte.
  6. Cuando acabes el curso, justifica en el plazo de un mes para cobrar el 70 % restante.

Las solicitudes se resuelven por orden de llegada, contando desde el día en que la documentación está completa, hasta que se agota el presupuesto del año. El plazo para resolver es de seis meses.

¿Conoces a alguien en Madrid que quiera entrar en el oficio?

Si tienes un hijo, un sobrino, un vecino o un compañero joven en paro que está pensando en hacerse instalador, pásale este artículo. Si estás pensando en formarte como instalador/a, en CTEEP podemos informarte sobre nuestros cursos de electricidad, climatización y otras especialidades técnicas en Madrid, así como facilitarte la información del curso que puedas necesitar para consultar su idoneidad con tu oficina de empleo.
La concesión del Cheque Formación depende de la Comunidad de Madrid y del cumplimiento de los requisitos establecidos. Escríbenos y lo vemos con él.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el Cheque Formación si ya me he matriculado?

Sí, siempre que estuvieras inscrito como demandante de empleo y tuvieras menos de 30 años el día de la matrícula o reserva de plaza, y que presentes la solicitud en el mes siguiente a esa fecha.

¿Cuál es la fecha límite?

El plazo de 2026 termina el 10 de diciembre de 2026, aunque en cada caso hay que pedirlo dentro del mes siguiente a la matrícula.

¿Me dan el dinero antes de empezar el curso?

Una parte. Desde septiembre de 2026 se adelanta el 30 % al publicarse la concesión. El 70 % restante se cobra al terminar y aprobar el curso.

¿Qué es el IPREM?

Es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, una referencia utilizada para establecer límites económicos en determinadas ayudas. En el Cheque Formación se calcula en 14 pagas y se compara con las rentas de los miembros computables de la unidad de convivencia, conforme a las condiciones establecidas por la normativa.

¿Se puede pedir más de una vez?

Solo una vez por año. Si presentas varias solicitudes, se tramita únicamente la última.

¿Vale para cursos en línea?

Sí. La formación puede ser presencial, en línea o mixta, siempre que dure al menos 10 horas y el orientador la considere adecuada.

¿Dónde pregunto mis dudas sobre el trámite?

En la Dirección General de Formación de la Comunidad de Madrid, en el correo ayudasformacion.cheque@madrid.org, o en tu oficina de empleo.


Fuentes:

  • Acuerdo de 2 de septiembre de 2026, del Consejo de Gobierno, que modifica las normas reguladoras del Cheque Formación. BOCM núm. 219, de 14 de septiembre de 2026.
  • Acuerdo de 9 de julio de 2025, por el que se aprueban las normas reguladoras de la ayuda a personas desempleadas menores de 30 años (Cheque Formación). BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2025.
  • Sede electrónica de la Comunidad de Madrid, ficha del trámite «Cheque formación» (referencia A827): sede.comunidad.madrid. Consultada el 16 de octubre de 2026.

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